Objetivo:
Permitir el acceso a la financiación bancaria, para atender las necesidades de liquidez y financiación de capital circulante.
Esa financiación bancaria se materializa en préstamos avalados por Sociedades de Garantía Recíproca gracias a los correspondientes convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE) con las Sociedades de Garantía Recíproca y las Entidades Financieras colaboradoras.
Entidades beneficiarias:
1.- Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES), que cumplan los siguientes requisitos:
- Que empleen a menos de 250 personas. - Que Facturación - 50 millones de euros o balance general - 43 millones de euros. - Que no se halle participada directa o indirectamente en un 25%, o más, por otra empresa, o conjuntamente por varias de ellas, que no reúna alguno de los requisitos anteriormente expuestos.
2.- Las personas empresarias individuales y profesionales autónomas, que estén dadas de alta en el Régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos de la Seguridad Social.
Quedan excluidos los Entes y Sociedades Públicas, las entidades sin ánimo de lucro, las entidades financieras y las de naturaleza inmobiliaria (epígrafes I.A.E.: 833, 834, y 861.1)
Será requisito que la empresa no esté incursa en un procedimiento de insolvencia colectiva, así como que esté al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Situaciones financiables:
Las operaciones de financiación cuyo objeto sea la cobertura de necesidades de liquidez y financiación de capital circulante. La financiación deberá representar un incremento neto de la disponibilidad de financiación, no pudiendo destinarse a la amortización de préstamos o créditos vivos.
Analizadas las necesidades de financiación, la Sociedad de Garantía Recíproca determinará, el importe y plazo de la operación financiera de préstamo objeto de la garantía.
Características operaciones de aval:
Instrumento: Préstamo amortizable.
Cuantía de los préstamos: Pymes: Importe mínimo: 50.000 €; Importe máximo: 650.000 € Personas autónomas: 5.000 €; Importe máximo: 100.000 € Plazo: De 3, 5 y 7 años, con uno de carencia opcional para la amortización.
Tipo de interés:
- Tipo de interés máximo: Operaciones a 3 años: Euribor a seis meses + 1% Operaciones a 5 y 7 años: Euribor a seis meses + 1,25%
- Para operaciones de Línea ICO-SGR: Tipo ICO + 0,75%
Comisiones: No se aplicará ningún tipo de comisión para los préstamos Cancelación anticipada: sin coste
Características de los avales:
- Comisión de estudio: 0,10% del principal del préstamo. - Comisión de aval: 0,75% anual. - Comisión de formalización: 0,20% del aval formalizado y por una sola vez. - No se aplicará ningún tipo de comisión o gasto adicional.
Corresponderá a las Sociedades de Garantía Recíproca el análisis y la evaluación de las solicitudes presentadas, así como la exigencia de contragarantías reales o personales y en base a ello podrá conceder o denegar el aval. Una vez aprobado el aval la entidad solicitante procederá a la formalización de la operación de préstamo con alguna de las Entidades Financieras firmantes del Convenio de Colaboración.
Plazo:
Hasta agotamiento presupuestario.
Solicitud:
En las sucursales de las Sociedades de Garantía Recíproca colaboradoras:
- Elkargi, S.G.R. www.elkargi.es Plaza Circular, 4 – 2ª 48001 Bilbao. Tfno. 94 423 82 28
- Oinarri, Sociedad de Garantía para la Economía Social. www.oinarri.es Edificio Granada C/ Gran Vía, 38, 8ª dcha. 48009 Bilbao. Tfno.: 944 24 87 08
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