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JUNIO 2017
Subvenciones para el fomento del autoempleo y la creación de empresas 2017.
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NOMBRE

Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 15/2017 de 28 de febrero de 2017, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el fomento del autoempleo y la creación de empresas por personas desempleadas y en riesgo de exclusión.


OBJETO

Las ayudas contenidas en el presente Título tienen por objeto apoyar la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales promovidos por personas promotoras desempleadas, a través de dos tipos de actuaciones:

- Sección 1 Asesoramiento para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales por entidades colaboradoras como Centros de Desarrollo.

- Sección 2 Ayudas a la puesta en marcha y creación de empresas.


ACCIONES SUBVENCIONABLES

Sección 1 Asesoramiento para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales.

Una primera fase de introducción a la empresa y a la gestión empresarial. Se trata de una formación grupal de 30 horas de duración, con un mínimo de 8 y máximo de 20 personas promotoras.

Esta fase tiene por finalidad proporcionar a las personas promotoras la información, metodología y asistencia profesional necesarias para la orientación adecuada de las ideas empresariales. No obstante, se admite que esta formación pueda ser semipresencial, entendiendo por tal una formación grupal presencial combinada con formación online.

En este caso el número mínimo de horas de formación grupal presencial será de 12 horas. La formación tendrá, entre otros, los siguientes contenidos:

- Negocio, forma jurídica, trámites legales de constitución, permisos, licencias, financiación y ayudas, así como riesgos laborales y medioambientales.
- La financiación: fuentes y tipos de financiación, e instrumentos habituales en la gestión de cobros y pagos.
- Tributación.

Servicio de asesoramiento individualizado con un máximo de 40 horas a cada persona promotora para la realización del plan de negocio concreto. El Plan de negocio debe constar, al menos, de:

- Introducción.
- Descripción y localización del negocio.
- Proyecto de inversión y fuentes de financiación.
- Estudio de mercado.
- Organización y recursos humanos.
- Forma jurídica adoptada.
- Estudio económico-financiero.
- Informe sobre la viabilidad del proyecto asesorado.
- Valoración del riesgo.
- Resumen.

Sección 2 Ayudas a la puesta en marcha y creación de empresas

La acción subvencionable consistirá en la creación, la puesta en marcha y funcionamiento de una empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos los empresarios y empresarias individuales, los profesionales, y las comunidades de bienes y sociedades civiles siempre que cumplan las condiciones establecidas en esta Sección


ENTIDADES BENEFICIARIAS Y REQUISITOS

Sección 1 Asesoramiento para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales.

- Centros de Empleo y Desarrollo local de carácter municipal del Territorio Histórico de Bizkaia, u organismos autó- nomos, empresas públicas u otras entidades de ellos dependientes o vinculadas.
- Fundaciones, asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia. Asimismo el centro de trabajo, radicará también en dicho territorio.
- Las entidades beneficiarias deberán acreditar una experiencia mínima contrastada de tres años en asesoramiento en gestión empresarial. Para ello las entidades deberán presentar una memoria explicativa de su experiencia en la que se detallen las actividades desarrolladas por las mismas. Para ser beneficiarias, las entidades no pueden verse afectadas por ninguna de las prohibiciones del artículo 12 de la NFS.

Sección 2 Ayudas a la puesta en marcha y creación de empresas

Podrán acceder a los beneficios establecidos en esta Sección las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos los empresarios y empresarias individuales, los profesionales, y las comunidades de bienes y sociedades civiles que tengan su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia. Así mismo, el domicilio del centro de trabajo radicará también en este territorio.

La empresa deberá realizar formación y un plan de negocio en alguno de los Centros de Desarrollo colaboradores,  antes de la presentación del alta de actividad.

El alta en el Impuesto de Actividades Económicas, y posterior alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, se debe producir entre el 16 de Septiembre de 2.016 y el 15 de Septiembre de 2.017, en la misma actividad que se contempla en el Plan de Negocio descrito en el punto anterior.

- Al menos una de las personas promotoras de la entidad beneficiaria ha de acreditar desempleo en el momento inmediatamente anterior a la fecha del alta en actividades económicas y ha de haberse dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, o mutualidad equivalente en el período comprendido entre el 16 de setiembre de 2016 y el 15 de septiembre de 2017, ambos inclusive.

Se deberá acreditar estar al corriente de pagos y obligaciones con la Seguridad Social y con Hacienda Foral.


GASTOS SUBVENCIONABLES

Sección 1 Asesoramiento para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales.

- Gastos externos de formación.
- Gastos internos del personal de la entidad beneficiaria que haya participado directamente en la ejecución de las acciones subvencionadas. Dicho gasto se justificará con los documentos acreditativos de pago de sueldos y cargas sociales exclusivamente.

Sección 2 Ayudas a la puesta en marcha y creación de empresas

Subvención a fondo perdido. Importe mínimo 5.000 euros e importe máximo 15.000 euros por empresa.


PERIODO DE EJECUCIÓN SUBVENCIONABLE

Sección 1 Asesoramiento para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales.

Las acciones objeto de subvención deberán ejecutarse en el periodo comprendido entre el 16 de setiembre de 2016 y el 15 de septiembre de 2017.

Sección 2 Ayudas a la puesta en marcha y creación de empresas

Las acciones objeto de subvención deberán ejecutarse en el periodo comprendido entre el 16 de setiembre de 2016 y el 15 de septiembre de 2017.



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