SI SU EMPRESA TIENE REGISTRADA LA MARCA PARA COMERCIALIZAR SERVICIOS O PRODUCTOS CONVIENE CONTROLAR CIERTAS CUESTIONES:
Registrando su marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) usted adquiere el derecho a utilizarla en exclusiva, y podrá impedir que un tercero la utilice (o una muy similar) para comercializar el mismo tipo de productos o servicios. No obstante, además de registrarla –y renovarla cada diez años–, es importante que controle algunas otras cuestiones...
- En muchos casos, al hacer el registro inicial, sólo se registra la marca “denominativa” (es decir, la palabra que constituye la marca), y con el paso del tiempo se le incorpora un logo. También es frecuente que inicialmente se registre una marca “mixta” (denominación más un logotipo), y que después se introduzcan modificaciones en el diseño del logo registrado.
- Pues bien, para estar totalmente protegido, asegúrese de que su marca está registrada en la forma en que la esté utilizando. Así pues, si sólo tiene registrada la marca denominativa, regístrela también con el logo incorporado.
También puede suceder que usted registrase la marca para una clase de productos o servicios determinada, y que con el paso del tiempo su actividad haya crecido y ahora comercialice otros productos o servicios. Las marcas se registran en clases, según los productos o servicios que se quieran proteger.
- Por tanto, asegúrese de que tiene todos sus productos y servicios registrados con su marca.
Si su empresa ha empezado a vender en el exterior, compruebe que su marca también está registrada en esos otros territorios:
- Recuerde que la protección que otorga la marca es territorial, por lo que no es suficiente con registrarla sólo en España.
- Dependiendo de los países en los que exporte, puede registrar su marca como “marca de la UE” (para quedar protegido en toda la Unión Europea) o como marca internacional (con una única solicitud podría quedar protegida en más de 90 países, entre los que están China y Estados Unidos).
Uso
Tenga en cuenta que aunque registre una marca y la renueve cada diez años, dicha marca puede caducar si no se utiliza (de esta manera se intenta evitar que se registren marcas sólo para especular, sin intención de usarlas realmente):
- La marca caduca si no se usa de forma real y efectiva durante un plazo de cinco años.
- La caducidad de la marca no se declara de oficio por la OEPM, siendo necesario que un tercero (por ejemplo, alguien interesado en esa misma marca) lo solicite judicialmente. Aun así, evite este riesgo conservando pruebas que demuestren que la marca se usa realmente (catálogos, etiquetas, publicidad, etc.).
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