El próximo mes de octubre entra en vigor la obligación de los bancos de avisar a las empresas conforme no les van a renovar la financiación...
En 2015 se aprobó una norma que obliga a los bancos a avisar a empresas y autónomos, con tres meses de antelación, si no les van a renovar la financiación (líneas de crédito, de descuento...), o si se la van a reducir en un 35% o más. En esos casos, además, el banco debe entregar un historial de pagos para que la empresa pueda acudir a otras entidades a solicitar financiación. No obstante:
- Esta normativa aún no había entrado en vigor, pues estaba pendiente de que el Banco de España aprobase el modelo de ese historial de pagos (documento denominado “Información Financiera-PYME”).
- Ahora ese modelo ya se ha aprobado, por lo que los bancos deberán cumplir dichas obligaciones a partir del próximo 11 de octubre.
Tenga en cuenta que en esa “Información Financiera-PYME” el banco debe mostrar el historial de pagos de los últimos cinco años (créditos históricos y vigentes, importes pendientes de amortización, impagos...), así como un extracto de los movimientos realizados el último año. También debe calificar el riesgo de la empresa (bajo, medio-bajo, alto...) teniendo en cuenta sus estados financieros, su historial de pagos, etc. Por tanto:
- Si un banco le avisa de que no le renueva la financiación o de que se la reduce en más de un 35%, exija esa “Información Financiera-PYME”. El banco debe entregársela gratis, y le servirá para demostrar (frente a otros bancos, frente a clientes o proveedores, etc.) su solvencia, así como que su empresa está al día de sus obligaciones.
- Plantéese también solicitar esa información a sus clientes (como una medida adicional para prevenir impagados). Los bancos deben entregar la “Información Financiera-PYME” siempre (aunque no hayan avisado a la empresa de que no van a renovarle la financiación). Pero en este caso sí tienen derecho a cobrar una comisión.
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