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ABRIL 2016
Comienza la Campaña de la Renta 2015 en Bizkaia.
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La  campaña de Renta en Bizkaia del año 2015 comienza el día 2 de Mayo de 2016 y finaliza el día 30 de Junio de 2016.

Si quieres saber si estás obligado a presentar la Declaración de la Renta de 2015 en Bizkaia, te indicamos los requisitos que hay que cumplir:

¿Quiénes están obligados a hacer Declaración de la Renta del año 2015 en Bizkaia?

Aquellos contribuyentes que durante el año 2015 han obtenido Rendimientos Brutos de Trabajo superiores a 20.000 € (en tributación conjunta este límite se aplica por persona). Es decir, aquellas personas que durante el año 2015 hayan estado trabajando y que sumando el bruto de todas las nóminas del año superen los 20.000 €. Recuerda que la prestación por desempleo y la pensión de jubilación se consideran un rendimiento del trabajo.

Las personas contribuyentes que durante el año 2015 han tenido Rendimientos Brutos de Trabajo superiores a 12.000 € y hasta el límite de 20.000 €, en los siguientes casos:

- Cuando el contribuyente ha obtenido rentas de más de un pagador o ha firmado más de un contrato o ha prorrogado el contrato que tenía.

- Cuando el contribuyente ha recibido pensiones compensatorias del cónyuge o pareja de hecho o anualidades por alimentos, diferentes a las que hay a favor de los hijos, por decisión judicial.

- Cuando los contribuyentes hayan soportado retenciones o ingresos a cuenta del trabajo calculadas con otra normativa diferente a la aprobada por las Instituciones Forales del País Vasco o que no hayan sido ingresadas en alguna Diputación Foral.

- Contribuyentes que perciban sus retribuciones por peonadas o jornales diarios.

- Trabajadores de embarcaciones de pesca cuando sus retribuciones consistan en una participación en el valor de la pesca capturada o en el volumen de la misma.

- Contribuyentes que perciban retribuciones variables en función de resultados u otros parámetros análogos, siempre que estas retribuciones superen las tenidas en cuenta para el cálculo del porcentaje de retención o ingreso a cuenta , en los términos previstos en el artículo 109 de la Norma del Impuesto.

- Contribuyentes que incumplan alguna de las condiciones, plazos o circunstancias establecidas para el derecho a disfrutar de alguna exención, bonificación, reducción, deducción o cualesquiera beneficio fiscal que conlleve o implique necesidad de comunicar a la Administración Tributaria dicha circunstancia o de efectuar regularización o ingreso alguno.

- Cuando los Rendimientos Brutos de Capital junto con las ganancias patrimoniales conjuntamente superen los 1.600 € íntegros (brutos). Como por ejemplo, los obtenidos de intereses de imposiciones a plazo fijo, intereses de cuentas de ahorro, letras del tesoro, bonos, etc. y por la venta de inmbuebles (vivienda, local, oficina,…), acciones, fondos de inversión, CFD´s (derivados), etc.

- Los contribuyentes que han tenido Rendimientos de Capital Inmobiliario. Es decir, aquellas personas que percibían ingresos por el alquiler de algún inmueble como puede ser una vivienda, local, oficina, despacho, etc.

- Los contribuyentes que realicen actividades económicas. Todos aquellos contribuyentes que durante el año 2015 hayan estado ejerciendo una actividad por cuenta propia (autónomos dados de alta en IAE) tienen que presentar Declaración de la Renta en 2015.


Fechas claves

Para los servicios de consulta:

- Consulta sobre la existencia de propuestas Etxean: Desde el 29 de Marzo.
- Consulta sobre la existencia de propuestas Web en Internet: Desde el 29 de Marzo.
- Consulta de vuestros datos fiscales en Internet: Desde el 18 de abril hasta el 31 de diciembre de 2016.
- Solicitud de clave de Renta 2015: Desde el 18 de abril.
- Visualización de la Propuesta Web confeccionada: Desde el 18 de abril hasta el 31 de diciembre de 2016.

Para el servicio Rentanet Etxean:

- Envíos de propuestas: Desde el 4 de Abril.

- Confirmación de las propuestas: Etxean a devolver: No hay que confirmar (se pueden anular hasta el 27 de abril). Etxean a ingresar: Hasta el 30 de Junio.

- Rectificaciones: Hasta el 27 de Abril (inclusive) en Bilbao (con cita previa 901 503 000) y en las oficinas descentralizadas (sin cita previa). A partir del 2 de Mayo: en las entidades financieras (Rentanet entidades) y en Hacienda Foral sin cita previa (tanto en Bilbao como en las oficinas descentralizadas).

Para el servicio Rentanet Entidades:

- Confección de la declaración: Del 2 de mayo al 30 de junio de 2016.
- Rectificaciones: Del 2 de Mayo al 17 de Junio de 2016.

Para el sistema Renta por Internet:

- Propuestas Web (Propuestas de autoliquidación): Hasta el 30 de Junio de 2016.
- Resto de presentaciones: En plazo voluntario: Desde el 2 de Mayo al 30 de Junio de 2016.

En Recursonet:

- En Hacienda: A partir del 2 Mayo de 2016.
- En las Entidades Financieras: Del 2 de Mayo hasta el 17 de Junio de 2016.



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